Por: Felix J. Rivera
En el mundo fiscal, es crucial estar al tanto de las fechas límite para radicar las planillas, especialmente cuando se ha solicitado una extensión.
A continuación, te presentamos las fechas clave que debes marcar en tu calendario si eres parte de una Corporación S, un individuo, o una Corporación C que optó por una extensión para la presentación de sus impuestos.
Corporaciones S
Las Corporaciones S son entidades que, por lo general, deben presentar su declaración de impuestos (Formulario 1120-S) antes del 15 de marzo de cada año. Sin embargo, si solicitaste una extensión para tu Corporación S, la fecha límite para radicar la planilla se extiende seis meses, es decir, hasta el 15 de septiembre.
Es importante recordar que la extensión solo aplica a la presentación de la planilla, no al pago de impuestos. Si tu Corporación S tiene impuestos adeudados, estos debieron pagarse antes del 15 de marzo para evitar penalidades e intereses.
Individuos
Para los individuos, la fecha límite original para la presentación de la planilla (Formulario 1040) es el 15 de abril. Si se solicita una extensión, la nueva fecha límite para radicar la planilla se mueve seis meses más adelante, es decir, hasta el 15 de octubre.
Al igual que en el caso de las Corporaciones S, la extensión no aplaza el pago de impuestos, solo la presentación de la planilla. Cualquier cantidad adeudada debió pagarse antes del 15 de abril para evitar cargos adicionales.
Corporaciones C
Las Corporaciones C, que presentan el Formulario 1120, deben originalmente radicar su planilla antes del 15 de abril (para aquellas cuyo año fiscal termina el 31 de diciembre). Con una extensión, la fecha límite se extiende seis meses, lo que coloca la nueva fecha para la presentación en el 15 de octubre.
Al igual que en los otros casos, es crucial entender que cualquier impuesto adeudado tuvo que haberse pagado antes del 15 de abril. El no hacerlo podría resultar en intereses y penalidades.
Consideraciones Finales
Es esencial estar al tanto de estas fechas para evitar consecuencias financieras negativas. Recuerda que, aunque la extensión te da más tiempo para presentar tu planilla, no te exime de las obligaciones fiscales que deben cumplirse puntualmente. Si tienes dudas o necesitas asesoramiento específico, es recomendable consultar a un profesional de impuestos que pueda guiarte en el proceso.
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