Ron DeSantis y sus Leyes Migratorias | Mayo 2023

Estamos, aparentemente, al borde del colapso político mundial.

Y aquí, en Estados Unidos, el tema que nos tiene a todos rascándonos la cabeza es la terminación del Título 42 y la nueva implementación del Título 8. 

Y, más aún, aquí en la Florida, con la aprobación del nuevo Estatuto 1718 firmado por el gobernador Ron DeSantis, que prohibe la estancia de manera ilegal en el estado.

Ahondemos un poco. El Título 42 es un estatuto de emergencia de Salud Pública que se implementó durante la pandemia del COVID 19. Con este, el ex-presidente Donald Trump declaró estado de emergencia sanitaria con lo que evitaba la entrada de personas al país con un pretexto  de protección de la salud pública del ciudadano americano.

Desde su implementación en Marzo del 2020, los agentes fronterizos lo utilizaron cerca de 2.7 millones de veces según el Texas Tribune. Es decir, 2.7 millones de veces que negaron el acceso a los migrantes de la frontera sur.

Ahora, con la finalización del Título 42, ya no detendrán a las personas por razones de salud. Sin embargo, eso no quiere decir que las fronteras estén abiertas.

Al contrario, en estos momentos las fronteras están más estrictas dada la implementación del Título 8.

Esta nueva regla versa que quien entre de manera ilegal, será de inmediato apresado, judicializado y deportado. 

Además, lo vetarán del país por un tiempo mínimo de 5 años.

Por otra parte, el modelo de Asilo Político ahora está condicionado a que previamente le hayan negado asilo en otros países diferentes a los Estados Unidos. 

Es decir, si usted viene de Venezuela, y vino por el camino del Darién, y llega hasta la frontera sur en Brownsville, Tijuana, El Paso o McAllen, y pide asilo, le preguntarán “¿Le negaron el asilo en Colombia, Panamá, Honduras, El Salvador, Guatemala, y México?” 

Si usted puede responder que sí se la negaron en todos los países mencionados, entonces le aceptarán su petición de asilo, de lo contrario, no.

Es decir, si la persona no pidió asilo en esos países, entonces no se lo dieron porque no lo pidió. Si sí lo pidió, y se lo dieron, debió permanecer en el país que le proveyó el asilo.

Entonces, sólo si el migrante ha solicitado el asilo en otro país y se lo han posteriormente denegado, sólo entonces puede aspirar a pedir asilo en Estados Unidos. 

Sin embargo, aún depende si hay otros países de por medio o no. En ese sentido, si va a pedir asilo, debe llegar directo a la frontera de Estados Unidos. 

Y no cualquier frontera, debe ser la frontera sin límites con otras naciones.

Y como para añadirle la cereza al pastel, el gobernador Ron De Santis apretó las leyes migratorias aprobando la implementación del S.F. 1718, con el que declara un estado policivo migratorio en la Florida.

La medida dicta que toda persona que esté actualmente en la Florida de manera ilegal, es decir, que esté presente sin la documentación adecuada, las autoridades las deportarán. 

Además, la medida dicta que las clínicas y hospitales deben tomar los datos de estatus migratorio de los pacientes con el fin de informar a ICE, las autoridades migratorias, de cualquier irregularidad. 

La medida indica, en esencia, que todo ID que no sea de la Florida, no vale, a menos que pueda comprobar que está de paseo.

 Ya no valen los IDs comunitarios de las organizaciones sin ánimo de lucro que ayudan a documentar a los migrantes ilegales.

Y como medida de castigo a quien ayude albergando o transportando a un inmigrante ilegal, podrá incurrir en hasta 15 años de prisión.

Lamentablemente, los más afectados son los niños indocumentados y de padres indocumentados, quienes ahora deberán pagar el colegio sin el subsidio estatal.

Por último, se exigirá E-Verify para empleadores. Quien contrate sin E-Verify e incurra en 4 faltas en 24 meses, podrá enfrentarse a cuantiosas multas.

Es un momento donde debemos unirnos frente al duro golpe a la comunidad migrante, pero al tiempo, fomentar la legalidad.

¡Qué Viva América!